Contenido
- Objetivo
- Vigencia
- Principios Fundamentales
- Política General
- De las Condiciones para ser Cliente
- Del Registro de Clientes
- Del Cuidado de la Información
- De las Operaciones con los Clientes
- De las Órdenes
- Del Tarifario
- Del Proceso de Intermediación
- De la Recepción, Registro y Transmisión de Ordenes
- De la Asignación, Ejecución y Liquidación de Ordenes
- De los Valores e Instrumentos Financieros Negociados en el Extranjero
- De la Difusión de la Política de Clientes
- Del Estado de Cuenta
- De la Disponibilidad del Estado de Cuenta
- De los Reclamos y su Registro
- De la Solución de Controversias de las Sociedades Agentes en Vía Administrativa
Objetivo
La presente Política adoptada por MGS & Asociados Sociedad Agente de Bolsa S.A., de conformidad con lo dispuesto en la Resolución CONASEV No. 045-2006-EF/94.10, contiene las normas de conducta que debe observar la Sociedad en el desarrollo de sus actividades en estricta observancia de las normas pertinentes; las condiciones que debe reunir una persona para ser su cliente; los lineamientos básicos para el tratamiento y procesamiento de órdenes y asignaciones; y los criterios para evitar los conflictos de interés que se pudieran presentar ante ordenes propias de la sociedad y de sus vinculados, en relación con las del resto de sus clientes.
Vigencia
La presente Política de Clientes entra en vigencia a partir del 13 de Abril del 2007.
Principios Fundamentales
MGS & Asociados toma como principios fundamentales en la presente Política de Clientes:
- Poner los intereses de los clientes sobre los intereses propios o sus vinculados.
- Evitar conflictos intereses.
- Actuar con integridad, independencia, objetividad, competencia y diligencia.
- Tener pleno conocimiento y entendimiento de la normativa aplicable en los mercados que se negocia.
- Promover e implantar principios de justicia y equidad en las transacciones efectuadas.
- Evitar prácticas prohibidas que incumplan la normativa o que perjudique al cliente por negligencia, dolo o culpa de sus recursos.
- Mantener elevados estándares en las relaciones agente – cliente.
- Prevenir actos y prácticas fraudulenta o manipulaciones, proporcionar salvaguardas alrededor de beneficios no explicados o comisiones exageradas.
- Proteger al inversionista y el interés público.
- Constante evaluación y capacitación periódica de los participantes del mercado.
- Minimizar el riesgo de perjuicios a los inversionistas con claras medidas de Control Interno. Este mecanismo de autocontrol permitirá a MGS & Asociados prevenir actos ilegales, disminuyendo de esta forma los costos de intermediación al incidir la incidencia de daños o de infracciones que, con frecuencia, motivan que se tenga que incurrir en responsabilidades civiles o administrativas.
- El inversionista que se considere afectado con la actuación de MGS & Asociados, tiene la posibilidad de recurrir ala CONASEV o del fondo de garantía.
Política General
En el ejercicio de sus actividades, los Representantes, directivos, así como las demás personas que directa o indirectamente se relacionen con MGS & Asociados, deberán observar los deberes para con los clientes y el mercado, a que se refiere el artículo 16 de la Resolución CONASEV No. 045-2006, así como las normas de conducta siguientes:
- Competencia.- Contar con los recursos necesarios y procedimientos adecuados para realizar eficientemente sus actividades de intermediación.
- Conflicto de Interés.- Evitar los conflictos de interés entre clientes, y si éstos no se pueden impedir, se deberá mantener neutralidad y no conceder privilegios a ninguno de ellos.
- Cuidado y Diligencia.- Actuar con responsabilidad, cuidado y diligencia. Respetar fielmente las instrucciones de sus clientes, o en su defecto, en su mejor beneficio y el de la integridad del mercado. Asimismo, establecer las medidas preventivas y de supervisión que sean necesarias para que todo el personal del Agente y los terceros contratados, no realicen actividades que supongan una infracción a la normatividad vigente.
- Honestidad e Imparcialidad.- Actuar honesta e imparcialmente, sin anteponer los intereses propios a los de sus clientes, en beneficio de éstos y del buen funcionamiento del mercado. Las órdenes recibidas de sus clientes, para su ejecución, tienen prioridad sobre las órdenes del propio Agente, o las que reciba simultáneamente de sus accionistas, directores, gerentes, Representantes y/o demás personas vinculadas.
- Transparencia.- Actuar de manera transparente en el mercado, en todos los aspectos relacionados con el ejercicio de sus actividades, lo cual entre otros, comprende a las actividades en que intervenga, los vínculos que se entablen o mantengan, y la prohibición de intervenir en actos simulados o contrarios con este principio.
- Información de sus clientes.- Obtener de sus clientes información, sobre su situación financiera, su experiencia en inversiones y sus objetivos de inversión, que sea relevante para los servicios que les brindará.
- Información para sus clientes.- Ofrecer a sus clientes toda la información de que dispongan, cuando pueda ser relevante para la adopción de decisiones de inversión por parte de ellos. Esta información debe ser clara, correcta, precisa, suficiente y oportuna, para evitar su incorrecta interpretación y debe enfatizar los riesgos que cada operación conlleva. De acuerdo con las características de la operación que ordene un cliente, deberá revelarse de manera oportuna, la vinculación de cualquier tipo que exista entre el Agente y las personas que podrían actuar como contraparte en dicha operación.
- Observancia.- Dar cumplimiento a las normas que regulan el ejercicio de sus actividades, a fin de promover los mejores intereses de sus clientes y la integridad del mercado. Los Agentes deberán rechazar operaciones con intermediarios no autorizados, así como cualquier otra operación en la que tengan conocimiento de que pueden infringir las normas que les son aplicables.
De las Condiciones para ser Cliente
MGS & Asociados Sociedad Agente de Bolsa S.A. deberá reunir la suficiente información sobre un posible cliente para poder ser admitido y conservar su condición como cliente, información que considera la presentación de documentación y declaraciones para su cabal identificación y adecuado conocimiento.
Proceso de Identificación y Conocimiento de Clientes.-
- Verificar la identidad y capacidad legal de sus clientes, habituales u ocasionales, al momento de iniciar relaciones comerciales con ellos, para lo cual debe requerirles la presentación de documentos públicos o privados que le permitan obtener la información sobre identidad y conocimiento.
- Contar con una copia del documento pertinente que acredite su condición como tal y su capacidad legal, según corresponda.
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Solicitar la documentación que a continuación se detalla:
Personas Jurídicas:
- Copia de la Constitución de la Empresa inscrito en Registros Públicos.
- Copia de los Poderes de los Titulares de la empresa inscrito en Registros Públicos.
- Copia del DNI o Carné de Extranjería de los Titulares y/o Apoderados.
Personas Naturales: Copia de su DNI o Carné de Extranjería
Patrimonios Autónomos: Nombre de la persona jurídica que lo administra, seguido de la denominación del patrimonio o beneficiario, y de las palabras "Patrimonio Autónomo". Se debe consignar los datos del administrador.
- Efectuar acciones razonables a su alcance para obtener un conocimiento adecuado del perfil de cada uno de sus clientes, con el fin de determinar su nivel de conocimiento sobre materias del mercado de valores, dejando constancia de ello en la ficha respectiva.
- Solicitar información sobre la situación financiera, es decir ingresos anuales, patrimonio, cuentas bancarias (para efectuar las operaciones a través de ellas con mayor facilidad y seguridad) y asimismo requerir declaración expresa sobre su experiencia en inversiones, objetivos de inversión y conocimientos del mercado, todo esto en relación a los servicios que brindamos.
- Respecto del conocimiento de sus clientes, MGS & Asociados dará a conocer los procedimientos específicos para determinar los casos de clientes, que cuenten con características singulares o resaltantes, tales como el tipo y volumen de operaciones que ordenen, su país de residencia, modalidad de actuación, actividad económica u otras características. Estos procedimientos tendrán como finalidad determinar que los fondos que dichos clientes podrían utilizar en sus operaciones, no provienen del lavado de activos o de otras actividades ilícitas. En cualquier caso, MGS & Asociados solicitará a sus clientes, una Declaración Jurada respecto del origen de los fondos.
- Cuando se trate de clientes que son personas jurídicas, el Agente debe verificar que la persona que actúa en nombre de éstas para instruirle operaciones, cuente con la facultad correspondiente, debidamente otorgada por el órgano competente.
- En los casos de personas que actúan por cuenta de patrimonios autónomos, y de intermediarios extranjeros que ordenan operaciones en representación de personas que son nuestros clientes, para efectos del cumplimiento de las obligaciones relativas a la verificación de identidad, capacidad legal, registro y conocimiento de clientes, así como de las obligaciones de información, éstas se efectuarán respecto de la persona jurídica que ejerce la facultad de administración del patrimonio autónomo y del propio intermediario extranjero, respectivamente.
- Solicitar a los clientes referencias sobre si existe algún tipo de vinculo o parentesco con accionistas, directores, gerentes y personal de nuestra sociedad.
- Exigir que en ningún caso los clientes que no cuenten con su ficha debidamente llenada y firmada por los mismos, podrán efectuar operaciones con la sociedad, e informarles que la información contenida en la ficha de registro de clientes se actualizara una vez al año.
- Solicitar a los clientes que inicien operaciones con la sociedad a depositar el dinero materia de la operación de compra de valores, antes de ejecutada la orden.
- Solicitar a los clientes que realicen operaciones de venta con la sociedad a transferir sus valores a nuestra cuenta matriz en el caso de venta de los mismos, antes de ejecutada la orden.
- Para la ejecución de una operación de reporte mantener títulos o valores en nuestra cuenta matriz, que sirvan como garantía o cobertura de margen, el cual sea el doble o más de patrimonio de lo requerido en al operación.
- Informar a los clientes en el caso de ordenar una operación, el comitente acepta que ella se realiza con arreglo a las prescripciones de la Ley Mercado de Valores, las normas de CONASEV y los reglamentos del respectivo mecanismo centralizado, según sea el caso.
- Informar a los clientes que la información proporcionada a la sociedad es de carácter confidencial y no será utilizada en beneficio propio o de terceros, ni para fines distintos de aquellos para los que se le solicita.
- En el caso de las personas cuyos valores o instrumentos financieros sean o hayan sido puestos bajo la administración de MGS & Asociados, por mandato de CONASEV, dichos sujetos adquirirán la condición de clientes de MGS & Asociados cuando manifiesten su voluntad para ello.
- En las colocaciones, la calidad de cliente de una persona se configura con la recepción de fondos por parte MGS & Asociados o la asignación de valores o instrumentos financieros a dicha persona.
Del Registro de Clientes
Por cada cliente MGS & Asociados obtendrá o determinará la información que se detalla a continuación, con el fin de consignarla en su respectiva ficha de registro:
Datos Generales según lo siguiente:
- Personas Naturales: Nombre completo, tipo y número de documento de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio, número telefónico, grado de instrucción, profesión u ocupación, experiencia en mercado de valores.
- Personas Jurídicas: Denominación o Razón Social, objeto social, dirección completa de la sede social u oficina principal, datos generales de las personas que ostentan la calidad de representantes legales.
- Patrimonios Autónomos: Nombre de la persona jurídica que lo administra, seguido de la denominación del patrimonio o beneficiario, y de las palabras “Patrimonio Autónomo”. Se debe consignar los datos del administrador.
En ningún caso, MGS & Asociados permitirá que un cliente consigne como su domicilio, la sede principal u oficinas del Agente, excepto en el caso de personas vinculadas a MGS & Asociados o de su grupo económico.
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Códigos de Identificación. MGS & Asociados determinará para cada cliente los siguientes códigos:
- Identificador Único de Persona, en función del sujeto o persona y su documento de identidad, según corresponda.
- Identificador de vinculación entre el cliente y MGS & Asociados, según el Reglamento de la materia.
- Código de cliente, asignado por MGS & Asociados. En caso el cliente cuente con más de un código de control, todos éstos deben estar consignados en la ficha de registro del cliente.
- Registro Único de Titular del Registro Contable de la Institución de Compensación y Liquidación correspondiente, si cuenta con dicho código.
- Datos de las cuentas del cliente en el sistema financiero cuando éste solicite que sus operaciones se liquiden a través de dichas cuentas: nombre del banco, tipo de cuenta, moneda y número de la(s) cuenta(s).
- Nombre y firma del personal de MGS & Asociados que obtuvo o determinó la información de la ficha de registro del cliente. Las fichas deben ser firmadas por un Representante o por un Gerente que cuente con el poder correspondiente.
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Indicación clara de la modalidad de órdenes, según el medio acordado entre el Agente y su cliente, para que éste transmita sus instrucciones:
- Escritas.
- Telefónicas.
- Telefónicas con confirmación posterior escrita.
- Aplicaciones web.
- Otros medios que autorice la Gerencia General de CONASEV.
La habilitación de MGS & Asociados de cualquiera de estas modalidades lo obliga a implementar el mecanismo correspondiente, que permita la verificación posterior por medios fehacientes, de las condiciones en que fueron impartidas las órdenes.
En caso que MGS & Asociados habilite la posibilidad de que sus clientes le comuniquen sus órdenes vía Internet, deberá indicarse en la ficha que las obligaciones que asumirá MGS & Asociados respecto a proveer la continuidad, soporte y seguridad de ese medio de comunicación, así como los planes de contingencia respectivos, estarán establecidos en la Política de Clientes.
- Código de la oficina del Agente asignado al cliente, el cual se referirá a la oficina en la que el cliente centraliza algunas de sus transacciones con MGS & Asociados.
- Fecha de inscripción como cliente y fecha de actualización de los datos de la ficha de registro.
- Aceptación clara y expresa del cliente o de su representante legal, de la modalidad en que desea acceder a su estado de cuenta de cliente. MGS & Asociados, le ofrece a sus clientes las siguientes modalidades:
- Remisión física al domicilio que señale el cliente.
- Entrega en la oficina del Agente, cuando al cliente lo solicite.
- Remisión a una dirección de correo electrónico indicada por el cliente. Si el cliente elige esta opción debe remarcarse que él asume los riesgos de recepción de la información, y MGS & Asociados debe contar con los cargos de envío respectivos.
- Indicación de que las pólizas de las operaciones del cliente estarán a su disposición en las oficinas de MGS & Asociados luego de un plazo fijado, el cual no será mayor a tres (03) días posteriores a la ejecución de la operación. MGS & Asociados puede convenir con el cliente otras condiciones para la remisión o habilitación de las pólizas.
- Compromiso del cliente de informar oportunamente a MGS & Asociados respecto de cualquier cambio en los datos consignados en su ficha de registro.
- Aceptación del cliente del tarifario vigente.
- Establecer expresamente la potestad del agente para modificar sus tarifas, de manera unilateral con comunicación previa al cliente no menor a ocho (08) días para su aplicación. Asimismo, establecer expresamente las condiciones y mecanismos de comunicación para que el Agente cumpla con dicha comunicación.
- Autorización para la cobranza de dividendos, de ser el caso.
- Declaración del cliente de tener conocimiento de la Política de Clientes del Agente.
- Aviso remarcado en el que se le indique al cliente que como medida de control interno de MGS & Asociados, para la realización de sus operaciones, en ningún caso debe entregar dinero en efectivo a MGS & Asociados o a sus Representantes, debiendo efectuar sus pagos únicamente a través de las cuentas de intermediación del Agente.
- CONASEV es el organismo del Estado Peruano que tiene por función la supervisión del mercado de valores y la protección de los inversionistas. La dirección del Portal del Mercado de Valores: http://www.conasev.gob.pe. La dirección y teléfono de CONASEV: Av. Santa Cruz 315 – Miraflores Telf: (511) 610 6300 - Fax: (511) 610 6326.
- El cliente tiene la opción de confirmar los saldos o movimientos de sus valores e instrumentos financieros que se encuentren anotados en el Registro Único de Titulares del Registro Contable administrado por Cavali ICLV S.A., a través de su pagina web: http://www.cavali.com.pe
- MGS & Asociados registrará la firma del cliente o del representante autorizado para emitir órdenes en su nombre, debiendo en dicho caso adjuntar copia del respectivo poder debidamente inscrito en los Registros Públicos.
La ficha de registro de un cliente es el documento que formaliza las condiciones de la relación de MGS & Asociados con cada cliente. Cada cliente tendrá solamente una ficha de registro.
Toda modificación o actualización que se haga respecto de la ficha de registro de un cliente, debe contar con la firma de ese cliente o de su representante debidamente autorizado.
Del Cuidado de la Información
A la información que MGS & Asociados obtenga de sus clientes le es de aplicación la prohibición que sobre reserva de identidad se establece en la Ley. Así mismo, dicha información no debe será utilizada en beneficio propio o de terceros, ni para fines distintos de aquellos para los que fue solicitada.
De las Operaciones con los Clientes
En las operaciones que MGS & Asociados intermedie por cuenta de sus clientes y en las que él mismo o sus vinculados intervengan como contraparte de dichas operaciones, el MGS & Asociados observará lo siguiente:
- En mecanismos centralizados y específicamente en el caso de órdenes en las que el
cliente no haya fijado precio, MGS & Asociados establecerá los procedimientos
operativos y de control necesarios para que los precios de las propuestas que los
Representantes generen por dichas órdenes, que podrían ejecutarse con las propuestas
originadas de órdenes propias, de sus Representantes o de los vinculados de ambos,
considerando los precios de las propuestas más favorables para los clientes, que
se encuentren vigentes en el momento en que se recibieron las órdenes.
MGS & Asociados designará a los Representantes que se encargarán de formular las propuestas correspondientes a las órdenes del propias y de su vinculados. - Fuera de mecanismos centralizados, MGS & Asociados de manera previa a la ejecución
de alguna operación deberá informar a su cliente que él o su vinculado, sin que
sea necesario informarle el nombre de este último, será la contraparte de la operación;
dejando constancia expresa de dicha revelación en la póliza o en algún otro documento
verificable.
Adicionalmente, en caso que la negociación en este segmento se realice sobre valores o instrumentos financieros inscritos en un mecanismo centralizado, en el mismo documento a que se refiere el párrafo anterior, deberá dejarse constancia del precio de cierre o cotización vigente de dicho valor o instrumento financiero, así como la indicación del mecanismo centralizado al que corresponde dicha cotización. En el caso que la cotización no esté vigente o que dicho concepto no sea aplicable al valor o instrumento financiero, MGS & Asociados también deberá dejar constancia de tal situación.
De las Órdenes
- Son instrucciones impartidas al MGS & Asociados, por medio de las cuales el cliente manifiesta su intención de compra o venta de valores o instrumentos financieros, bajo condiciones específicas de cantidad, precio, plazo de ejecución y otras en función del mercado y tipo de valor o instrumento financiero.
- Las órdenes de un cliente pueden ser recibidas por MGS & Asociados por medio telefónico, escrito, Internet u otro medio de comunicación, de conformidad con lo acordado en su respectiva ficha de registro de cliente.
- En cualquier caso MGS & Asociados es responsable de establecer y ejecutar los mecanismos necesarios, que le permitan acreditar que ha actuado con diligencia para verificar la identidad y capacidad legal de sus clientes ordenantes de cada operación que reciba, de tal modo que se asegure razonablemente de no incurrir en la prohibición correspondiente que se establece en la Ley.
- MGS & Asociados no tiene la obligación de ejecutar una orden, si el cliente no ha cumplido con la entrega de los fondos, valores o instrumentos financieros necesarios para cumplir con la liquidación de la operación correspondiente.
- En el caso de órdenes no escritas, se presume, salvo prueba en contrario, que éstas han sido dadas en las condiciones que señaló el cliente.
Del Tarifario
- En cada una de sus oficinas, MGS & Asociados tendrá su tarifario vigente a disposición del público interesado, en folletos u hojas impresas, estando además exhibido en un lugar visible de la oficina.
- La modificación de tarifas de manera unilateral por parte de MGS & Asociados
cumplirá las siguientes reglas:
- Establecerse expresamente en las fichas de registro de los clientes.
- Las modificaciones deben ser comunicadas a los clientes, previo a su aplicación cuando signifiquen un incremento respecto de lo aceptado por éstos, con una anticipación no menor de ocho (08) días, salvo que se trate de una tarifa pactada como variable o de modificaciones que signifiquen condiciones más favorables para los clientes, en cuyo caso se aplicarán de inmediato.
- La comunicación previa debe señalar expresamente que el cliente puede dar por concluida la relación contractual, de conformidad con las condiciones establecidas en la ficha de registro del cliente. En este caso el cliente no debe asumir ningún costo por el traslado de sus valores o instrumentos financieros, salvo que se haya pactado específicamente lo contrario o que el costo lo origine un tercero.
- Establecer expresamente en las fichas de registro de los clientes, las condiciones y mecanismos de comunicación para que MGS & Asociados pueda cumplir con su obligación de comunicación previa de la modificación de tarifas.
- MGS & Asociados pueda negociar de manera individual, alguna de las comisiones o importes que señale en su tarifario, esto será revelado en el mismo, así como los criterios y condiciones correspondientes.
- CONASEV publicará el tarifario de MGS & Asociados en los medios que considere
pertinentes:
Concepto Tarifa Oportunidad de Cobro y Condiciones Existe Tratamiento individual (Si o No) Criterio y Condiciones para tratamiento individual 1) TARIFAS DE INTERMEDIACIÓN (Todas las Modalidades) a) Porcentaje de Comisión por Intermediación desde 0.10% a 1% Por Póliza (1) Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación b) Comisión Mínima por Operaciones MN S/. 35 (4) Por Póliza Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación c) Comisión Mínima por Operaciones ME US$10 (4) Por Póliza Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación d) Operacioes Day Trade - Comisión Mínima en Porcentaje (Tasa o Rango de Tasas) desde 0.10% a 1% Por Póliza (1) Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación - Comisión Mínima en Unidades Monetarias (Monto o Rango de Montos) S/. 35 o su equivalente en US$ En la compra SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación e) Comisión Mínima en porcentaje para Operaciones de Reporte (tasa o rango de tasas) Deudor - Venta contado NEGOCIABLE NEGOCIABLE SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación Acreedor - Compra contado NEGOCIABLE NEGOCIABLE SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación Deudor - Compra plazo NEGOCIABLE NEGOCIABLE SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación Acreedor - Venta Plazo NEGOCIABLE NEGOCIABLE SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación Comisión Mínima en Unidades Monetarias (Monto o Rango de Montos) S/. 35 o su equivalente en US$ Por Operación SI Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación 2) TARIFAS DE SERVICIOS FINANCIEROS a) Transferencias vía BCR a otros bancos en MN S/. 20 Por Transferencia Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación b) Transferencias vía BCR a otros bancos en ME US$7 Por Transferencia Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación c) Transferencia al Exterior US$120 Por Transferencia No 3) TARIFAS DE NEGOCIOS - VALORES a) Desmaterialización CAVALI Sin costo b) Rematerialización CAVALI US$10 Por Valor No Traslado costos de CAVALI c) Envío o Recepción de valores DTC US$20.23 Por Evento No Traslado costos de CAVALI d) Desmaterialización - DTC US$20.23 Por Valor No Traslado costos de CAVALI e) Traspasos a otra SAB US$10 Por Valor Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación f) Traspasos de otra SAB Sin costo g) Cambio de Titularidad US$10 Por Evento No Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación 4) OTROS SERVICIOS a) Mantenimiento de cuenta Sin costo b) Comisión por emisión de estado de cuenta periódico S/. 3 Mensual (2) Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación c) Comisión por emisión de estado de cuenta a solicitud S/. 3 Mensual Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación b) Evaluación de Documentos (Poderes, RENIEC, SUNARP, etc.) Maximo S/.50 Por consulta (3) Si Dependiendo del volumen y frecuencia de negociación
- (1) Son Pactadas individualmente con el cliente en función al volumen o frecuencia de operaciones y se establecen en la Ficha de Cliente.
- (2) Se cobrará sólo a clientes sin movimiento en el mes. El monto correspondiente a la comisión por emisión de estado de cuenta periódico se mantendrá en una cuenta pendiente de cobro hasta que el cliente muestre saldos a favor en su cuenta corriente.
- (3) Se cobrará a cada nuevo cliente y cada vez que la SAB requiera verificar la vigencia de poderes. Mínimo cada 3 meses. Las tarifas corresponden únicamente a nuestras comisiones. Cobros adicionales podrán estar vinculados a comisiones cobradas por un tercero, sea la BVL, CAVALI, CONASEV o cualquier otra entidad Peruana o Extranjera.
- (4) Solo aplica para operaciones de rueda local Modalidas: Operaciones al contado y mercado extranjero.
Del Proceso de Intermediación
La actividad de intermediación que desarrolla MGS & Asociados es un proceso que fundamentalmente comprende la realización de alguna de las acciones siguientes:
- La recepción y transmisión de órdenes por cuenta de terceros.
- La ejecución de tales órdenes por cuenta de terceros.
- La asignación de operaciones a las órdenes ejecutadas.
De la Recepción, Registro y Transmisión de Ordenes
- MGS & Asociados cuenta con los recursos y medios apropiados para la recepción
de las órdenes de los clientes, de tal modo que asegure la continuidad de dicha
recepción, dentro de los horarios establecidos.
- Atención al Cliente: De Lunes a viernes de 09:00 AM. a 17:00 PM.
- Rueda de Bolsa en Lima: De Lunes a Viernes de 09:30 AM. A 13:30 PM. Cierre hasta las 14:00 PM.
- Valores cotizados en el extranjero: De Lunes a Viernes de 09:30 AM. A 16:00 PM. Cierre hasta las 16:15 PM.
- MGS & Asociados cuenta con un sistema de grabaciones para las órdenes que reciba de clientes, el cual se encuentra en funcionamiento permanentemente. Dicho sistema tiene como objetivo el salvaguardar los intereses de nuestros clientes y asegurar el correcto desempeño de nuestros representantes. Contando dicho sistema con el alcance que la ley otorga.
- MGS & Asociados llevará un control apropiado de cada una de las órdenes que reciba y, de ser el caso, de sus modificaciones y correcciones. Este control comprende, entre otros, el adecuado y oportuno registro de las órdenes en el Sistema de Registro y Asignación de Órdenes.
- Se entiende por modificación de una orden a la instrucción expresa del cliente que tiene por objeto variar o cancelar una orden impartida. Las modificaciones sólo proceden antes de haberse ejecutado totalmente la orden original. Cualquier modificación de una orden origina que ésta pierda su número correlativo y se anule, debiéndose emitir una nueva orden, a la cual se le asignará el número y hora de recepción que le corresponda.
- La corrección de una orden tiene lugar en los casos en que MGS & Asociados deba subsanar errores imputables a él, que pudieran haberse originado en el proceso de recepción, registro, ejecución o asignación de órdenes de sus clientes. Las correcciones se podrán efectuar en cualquier momento, siempre que no se haya liquidado la operación correspondiente.
- Todas las modificaciones y correcciones de órdenes quedaran registradas. MGS & Asociados cuenta con un sistema que le permita el registro inmediato de cada orden que reciba. Este registro inmediato de la orden contiene la información que identifique al ordenante, el valor o instrumento financiero ordenado, la hora de recepción o de registro de la orden y el número correlativo que le corresponde. Posteriormente, el registro de cada orden será completado, en el día en que ésta fue recibida, con la información que se requiere para cada orden, según el Reglamento o las disposiciones de carácter general que establezca la Gerencia General de CONASEV.
- MGS & Asociados de manera previa a la transmisión de una orden al mercado o mecanismo de negociación indicado, verificará mediante mecanismos de control, que en la cuenta correspondiente existan valores o recursos que permitan el cumplimiento de las obligaciones respectivas en la fecha de liquidación de la operación que podría generar dicha orden. Se exceptúa de esta obligación a las ventas en corto realizadas en mecanismos centralizados, siempre que la norma correspondiente considere algún mecanismo de control del riesgo de crédito de dichas operaciones.
- MGS & Asociados transmitirá al mercado indicado, las propuestas correspondientes a las órdenes recibidas, una a una por el total ordenado, inmediatamente después de haberlas recibido y registrado; salvo en los casos en que tal inmediatez o transmisión total no sean posibles, debido a la naturaleza de la operación ordenada que impide su inmediata o total transmisión, se trate de órdenes con precio fijado, o en el caso de órdenes especiales, según corresponda.
- MGS & Asociados solamente podrá fraccionar las cantidades totales de órdenes especiales de clientes, con el fin de alternar su transmisión con órdenes ordinarias que se hayan registrado con posterioridad a aquéllas en el sistema de registro de órdenes.
- MGS & Asociados podrá transmitir una orden inmediatamente luego de haberla recibido, sin haberla registrado, únicamente cuando las condiciones o propuestas vigentes en el mercado requieran tal inmediatez, en cuyo caso cumplirá con el registro de la orden, dentro de los quince (15) minutos posteriores a dicha transmisión.
- En el caso de las órdenes que no fueron ejecutadas, luego de haber transcurrido el plazo de ejecución señalado por el cliente, MGS & Asociados dejará de transmitirla y recabará nuevas instrucciones de éste.
- Si un cliente no ha fijado plazo para la ejecución de una orden, MGS & Asociados la transmitirá desde su recepción hasta el plazo de cinco (05) días de recibida. Vencido dicho plazo sin que se haya ejecutado dicha orden, ésta dejará de ser transmitida y MGS & Asociados recabará nuevas instrucciones del cliente.
De la Asignación, Ejecución y Liquidación de Ordenes
- MGS & Asociados designará a los Representantes que se encargarán de la formulación de propuestas para la ejecución de las órdenes que se reciban.
- MGS & Asociados asignará oportuna y diariamente las operaciones que hubiera ejecutado cada día, de conformidad con los procedimientos.
- En las colocaciones en las que MGS & Asociados haya utilizado una cuenta global para acumular las órdenes de adquisición de sus clientes, se realizará el proceso de asignación a dichos clientes, el mismo día en que los valores o instrumentos financieros sean adjudicados a su nombre.
- MGS & Asociados asignará las operaciones que se hayan intermediado en mecanismos centralizados por cuenta de sus clientes o por cuenta propia, observando la secuencia cronológica de ejecución de las mismas.
- MGS & Asociados establecerá mecanismos adecuados para confirmar a sus clientes la ejecución de sus órdenes, el mismo día en que dicha ejecución se lleve a cabo.
- MGS & Asociados cumplirá con la liquidación de operaciones de conformidad con las disposiciones específicas aplicables en los mecanismos centralizados en los que las haya efectuado, y pondrá a disposición de sus clientes, los fondos, valores e instrumentos financieros que les correspondan. MGS & Asociados designará a un funcionario responsable de la liquidación de las operaciones que haya intermediado.
De los Valores e Instrumentos Financieros Negociados en el Extranjero
Para que MGS & Asociados pueda intervenir en la intermediación de valores o instrumentos financieros que se negocian en el extranjero, por cuenta propia o de sus clientes, y a través de intermediarios extranjeros autorizados, cumple con lo siguiente:
- Informar a CONASEV la modalidad de intervención que asumirá en este tipo de operaciones.
Ello, según la titularidad de las operaciones ante el intermediario extranjero:
- A nombre propio, si para el intermediario extranjero, MGS & Asociados es el titular de las operaciones y de los instrumentos financieros que se adquieran.
- A nombre del Cliente, si para el intermediario extranjero el cliente de MGS & Asociados, es titular de las operaciones y de los instrumentos financieros que se adquieran.
- Cualquier otra modalidad debe ser detallada.
- Suscribir un contrato o documento equivalente con cada Intermediario Extranjero que ejecutará sus instrucciones, en calidad de cliente o cualquier otra, excepto para la segunda modalidad citada en el artículo precedente.
- MGS & Asociados designará a un Representante responsable de ejecutar los procedimientos operativos relacionados.
- Si la modalidad de intervención es a nombre propio:
- Suscribir un contrato con cada uno de los clientes que deseen que les intermedie este tipo de operaciones.
- MGS & Asociados cuenta con los registros de control de cuentas globales según se establece en el Reglamento de CONASEV.
- Procedimientos y mecanismos correspondientes a este tipo de operaciones:
- La comunicación de órdenes a los intermediarios extranjeros que las ejecutarán: personas responsables de emitir y recibir las órdenes, medios acordados con éstos, sistemas de comunicación utilizados y sistemas de información disponibles.
- Confirmación de operaciones de parte del intermediario extranjero: condiciones, medios utilizados, documentación o evidencia obtenida.
- Procedimientos para la asignación de operaciones a efectuarse por MGS & Asociados, descripción de los procedimientos y criterios, observancia de prelación establecida, revelación de trato diferenciado o preferencial y especificación del tratamiento para las operaciones por cuenta propia.
- Mecanismos y sistemas utilizados para el envío y recepción de fondos por estas operaciones, mecanismos de control empleados, responsables, niveles de autorización y documentación empleada.
- Sistemas de registro y custodia de los instrumentos financieros negociados, mecanismos de control específicos, responsables y autorización de movimientos.
- Sistemas de información proporcionados por el intermediario extranjero, cotización de instrumentos, confirmación de operaciones, estados de cuenta y conciliaciones.
- Garantías existentes, garantías o coberturas requeridas en el exterior, garantías que tienen este tipo de operaciones y líneas de crédito otorgadas a MGS & Asociados.
- Mecanismos de protección y cautela específicos para evitar la disposición indebida de los activos de propiedad de clientes.
- MGS & Asociados cuenta con un sistema de registro de las confirmaciones de operaciones ejecutadas por los intermediarios extranjeros, el cual sustenta el proceso de asignación de operaciones que se realicen.
- Cada operación intermediada por MGS & Asociados debe contar con la orden del cliente correspondiente.
Las operaciones en el exterior no serán cubiertas con el Fondo de Garantía ni con la garantía a que se refieren los artículos 136 y 206 de la Ley según se trate de sociedad agente o sociedad intermediaria.
Condiciones de los Valores o Instrumentos.-
MGS & Asociados solamente podrá recibir órdenes de compra o de venta para que se ejecuten en el extranjero, respecto de valores o instrumentos financieros que cumplan con las siguientes condiciones:
- Se encuentren inscritos o regulados para su venta al público, por algún organismo con funciones equivalentes a CONASEV, de países miembros del Comité Técnico de IOSCO; así como instrumentos financieros representativos de deuda a cargo de dichos países o de sus bancos centrales, que puedan ser adquiridos por el público en general.
- Cuenten con información sobre sus cotizaciones a la que se pueda acceder vía Internet u otros medios de información de fácil acceso u obtención. Esta facilidad debe constar por lo menos al momento en que se recibió la orden respectiva.
- Cuenten con una Institución encargada del registro o custodia de los instrumentos, que es supervisada por alguna Comisión de Valores miembro de IOSCO.
MGS & Asociados debe suscribir contratos o documentos equivalentes con intermediarios extranjeros que ejecutarán sus instrucciones en mercados extranjeros, siempre que cumplan con las condiciones siguientes:
- Sean supervisados por algún organismo con funciones equivalentes a CONASEV, de países miembros del Comité Técnico de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO).
- Cuenten con un sistema de confirmación de operaciones.
- Tengan la obligación de proporcionarle estados de cuenta mensuales, con la información sobre sus saldos y movimientos de fondos e instrumentos financieros.
El contrato que debe suscribir MGS & Asociados con cada cliente, al cual se refiere el numeral 37.4.1 del artículo 37 de la resolución CONASEV 045-2006, debe contener lo siguiente:
- Objeto del contrato, en el que se incluirá la autorización del cliente para que MGS & Asociados administre sus instrumentos financieros en una cuenta global a nombre de MGS & Asociados.
- Declaración del cliente de conocer los siguientes aspectos:
- El funcionamiento de este tipo de operaciones.
- Que los instrumentos financieros se encuentran sujetos a las normas que regulan los mercados de valores extranjeros donde éstos se negocian.
- Los tipos de instrumentos financieros que van a adquirir, así como su naturaleza y características.
- Conocer los sistemas de información disponibles respecto de las cotizaciones de estos instrumentos.
- Los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa.
- No existe cobertura alguna por operaciones en el exterior, en tal sentido dichas operaciones no serán cubiertas por el Fondo de Garantía ni por la garantía a que se refieren los artículos 136 y 206 de la Ley.
- Descargos de Responsabilidad de MGS & Asociados:
- 3.1. MGS & Asociados no asume responsabilidad por la solvencia de los emisores de los instrumentos financieros o por la rentabilidad de los mismos.
- 3.2. MGS & Asociados no se hace responsable por las variaciones que se produzcan en el tipo de cambio.
- 3.3. MGS & Asociados no es responsable de retornar divisas si por disposiciones internas del país donde se encuentren los instrumentos financieros, se impide o restringe la remesa de divisas.
De la Difusión de la Política de Clientes
- MGS & Asociados dará adecuada difusión a su Política de Clientes con el fin de que sus clientes y el público en general, puedan tener conocimiento pleno de los procedimientos y criterios que aplica.
- MGS & Asociados cuenta con folletos impresos que contiene su Política de Clientes y están a disposición del público en sus oficinas y utiliza los medios y recursos que posee para difundir su Política de Clientes.
- La Política de Clientes de MGS & Asociados está a disposición de los clientes en cada una de sus oficinas y adicionalmente en cada una de éstas, se exhibe un aviso remarcado en el que se orientará a los clientes a solicitar y tomar conocimiento de la Política de Clientes, y donde se incluye una glosa que resalta la importancia de este documento.
- CONASEV publicará la Política de Clientes del Agente en los medios que considere pertinentes.
Del Estado de Cuenta
El estado de cuenta del cliente es un reporte que muestra en detalle los movimientos
efectuados durante un periodo determinado y los saldos de valores, instrumentos
financieros y fondos a nombre de un cliente.
Cada cliente cuenta con un estado de cuenta, el cual contiene la siguiente información
por cada transacción efectuada:
- Fecha de transacción.
- Tipo de transacción: Compra, venta, cobro, pago, transferencia o cualquier otro.
- Glosa correspondiente al tipo de transacción: La glosa debe ser clara y suficiente para identificar la naturaleza de la transacción, especialmente en el caso de transferencias u otros diferentes a compras, ventas, cobros o pagos.
- Identificación del documento correspondiente: póliza, comprobante u otro.
- En caso de operaciones de compra y venta de valores o instrumentos financieros, por cada una de éstas:
- Denominación del valor o instrumento financiero.
- La cantidad comprada y/o vendida.
- Precio unitario.
- Moneda de la transacción.
- Monto de la transacción.
- Saldo monetario al final de cada fecha.
Además, el estado de cuenta del cliente se presentará de manera separada y clara, el saldo de todos los valores e instrumentos de propiedad del cliente, bajo control o responsabilidad de MGS & Asociados, con especificación de su situación de disponibilidad o cualquier otra.
En caso que un cliente posea más de un código de identificación para la realización de sus operaciones, MGS & Asociados debe implementar un estado de cuenta en el que se consoliden todos los referidos códigos.
En el caso de los instrumentos financieros administrados en cuentas globales a nombre de MGS & Asociados, se deberá especificar el nombre de la Institución de Depósito o Custodia de dichos instrumentos.
De la Disponibilidad del Estado de Cuenta
MGS & Asociados pondrá a disposición de sus clientes, el estados de cuenta de sus movimientos y saldos de valores, instrumentos financieros y fondos, por los medios acordados con éstos, conforme consta en la ficha de registro de cada cliente.
Dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores al cierre de cada mes, MGS & Asociados acreditará que ha remitido o ha habilitado los estados de cuenta de movimientos a los clientes, que hayan efectuado alguna operación durante ese periodo, excepto cuando dichos movimientos sean únicamente colocaciones. MGS & Asociados conservará en medio magnético una copia fiel de los estados de cuenta que fueron habilitados a sus clientes.
A los clientes que no hayan realizado ninguna operación dentro de alguno de los trimestres de cada año, y siempre que mantengan saldos de valores, instrumentos financieros o fondos; MGS & Asociados acreditará cuando corresponda, que les remitió o habilitó el estado de cuenta dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores al cierre del trimestre.
En ningún caso MGS & Asociados podrá eximirse de la obligación establecida en la Resolución CONASEV No. 045-2006 Art. 83, de brindar información a sus clientes respecto de sus operaciones, valores e instrumentos financieros.
De los Reclamos y su Registro
Previamente a la presentación de los reclamos en la vía administrativa que pudieran generarse en contra de MGS & Asociados o sus Representantes, los clientes pueden solicitar por escrito a MGS & Asociados, resolver las controversias presentadas. Así mismo, constará que MGS & Asociados comunicó al cliente su disposición de llegar a una solución en el plazo de cinco (05) días de presentado el requerimiento, se precisará que este procedimiento no constituye cuestión previa en el caso que el cliente opte por el procedimiento en la vía administrativa, y que tampoco suspende el plazo para la presentación del reclamo ante la autoridad respectiva.
En la vía administrativa únicamente serán admitidos a trámite los reclamos o denuncias que se presenten en contra de MGS & Asociados o de sus Representantes, dentro del plazo de 90 días, el cual será computado a partir de la fecha en que se cometió la infracción o desde que ésta pudo ser razonablemente conocida por el afectado.
MGS & Asociados mantendrá un registro de todos los reclamos presentados por sus clientes, siempre que tenga conocimiento de los mismos, el cual contendrá la siguiente información:
- Número correlativo de identificación del reclamo.
- Fecha de presentación del reclamo.
- Entidad ante quien se presentó el reclamo.
- Nombre del cliente que formuló el reclamo.
- Nombre de la persona que es sujeto de reclamación, de ser el caso.
- Descripción del reclamo.
- Importe o cantidad de valores e instrumentos financieros reclamados por el cliente.
- Fecha del hecho que corresponde al reclamo.
- Importe estimado por MGS & Asociados con respecto al reclamo.
- Fecha y contenido de la respuesta otorgada por MGS & Asociados respecto del reclamo.
- Fecha de actualización del registro de cada reclamo.
MGS & Asociados mantendrá actualizado el expediente correspondiente a cada reclamo.
De la Solución de Controversias de las Sociedades Agentes en Vía Administrativa
Inicio y Primera Instancia.- Los reclamos o denuncias contra MGS & Asociados, deben presentarse en primera instancia ante la Bolsa donde se encuentre facultada a operar. Así mismo, se presentarán ante dicha instancia administrativa las controversias que se susciten entre distintas sociedades agentes.
CONASEV resolverá en última instancia administrativa de conformidad con lo establecido en el inciso h. del Art. 132 de la Ley.
El procedimiento que se aplica para la tramitación de dichos reclamos o denuncias, en la primera instancia, se encuentra establecido en el correspondiente Reglamento de Solución de Controversias de la respectiva Bolsa.
Segunda Instancia.- El Tribunal Administrativo de CONASEV actuará como segunda instancia. La resolución que emita agotará la vía administrativa.
Resolución.- La resolución que emita el Tribunal Administrativo de CONASEV en segunda instancia, a que se refiere el artículo precedente, debe pronunciarse necesariamente respecto de:
- La infracción cometida;
- La sanción a imponerse; y,
- La restitución de dinero o valores al reclamante, de ser el caso.
