Rueda de Bolsa

Fuente: Bolsa de Valores de Lima

La Rueda de Bolsa es la sesión diaria en la cual las Sociedades Agentes de Bolsa y Agentes de Bolsa concertan operaciones de compra y venta de valores, previamente inscritos en los registros de la Bolsa de Valores, bajo diversas modalidades. Es el mecanismo tradicional de negociación de valores.

La Rueda de Bolsa se desarrolla todos los días laborables. Entre las 9:00 y 9:30 horas se realiza el ingreso de propuestas a firme de acciones a través del Sistema de Negociación Electrónica (ELEX). A partir de las 9:30 y hasta las 13:30 horas, se da la negociación continua. Finalmente, entre las 13:30 y 14:00 horas, se pueden realizar operaciones al precio de cierre.

La negociación continua y las operaciones al cierre se realizan través del "Sistema de Negociación Electrónica – ELEX":http://www.bvl.com.pe/.

Los valores que pueden negociarse en este mercado pueden ser de renta variable o representativos de deuda.

1. Acciones:

Son títulos nominativos que representan una participación en el capital de las sociedades anónimas, las mismas que ofrecen una rentabilidad variable, determinada tanto por las utilidades que reparte la empresa en dividendos en efectivo y/o en acciones liberadas, como por la ganancia (o pérdida) lograda por el alza (o baja) en la cotización de la acción en bolsa. Pueden ser transferidas libremente.

Acciones Comunes o de capital:

Este tipo de acciones son emitidas por las Sociedades Anónimas, y representan una parte alícuota del capital de una empresa dedicada al ejercicio de una actividad económica. Estos valores otorgan el derecho a recibir utilidades, a votar en las Juntas de Accionistas y eventualmente, al patrimonio resultante en caso de liquidación.

Asimismo, estas acciones conceden a su titular la calidad de socio, dándole el derecho a participar en las decisiones de la empresa.

Acciones de Inversión:

Fueron creadas en 1977 con el nombre de acciones laborales, al establecerse el Régimen de Comunidad Laboral, con el fin de darle a cada trabajador una participación en el patrimonio de la empresa.

En Octubre de 1991, se publicó el Decreto Ley Nº 677, el cual disolvió la Comunidad Laboral y modificó la naturaleza de las acciones laborales, las cuales pasaron a denominarse acciones del trabajo, constituyendose la "Cuenta Participación Patrimonial del Trabajo".

Las acciones de inversión le atribuyen a su titular los siguientes derechos:

  1. Participar en la distribución de dividendos;
  2. Mantener su proporción existente en la Cuenta Acciones de Inversión en caso de aumento del capital social por nuevos aportes;
  3. Incrementar la Cuenta Acciones de Inversión por capitalización de cuentas patrimoniales;
  4. Redimir sus acciones en cualquiera de los casos previstos por la ley; y,
  5. Participar en la distribución del saldo del patrimonio, en caso de liquidación de la sociedad.

2. Certificados de Suscripción Preferente:

Representan el derecho de preferencia de los accionistas de empresas registradas en Bolsa a suscribir nuevas acciones en caso de aumentos de capital por aportes en efectivo. Si bien el derecho de suscripción se da tanto para los accionistas del capital como de inversión, sólo los primeros obtienen este Certificado pudiendo negociarlo y transferir ese derecho a terceras personas.

El número de acciones que cada accionista tiene derecho a suscribir, se determina en función a la tenencia registrada en la fecha de corte para los Certificados de Suscripción Preferente.

Los Certificados de Suscripción Preferente se emiten de manera nominativa y tienen un plazo de vigencia definido en el acuerdo de aumento de capital o por el Directorio de la empresa.

3. Obligaciones:

Son valores representativos de deuda que pagan un interés que se calcula usando un procedimiento determinado desde la emisión del título.

4. Bonos:

Son obligaciones emitidas a plazos mayores de un año. Normalmente, el comprador del bono obtiene pagos periódicos de intereses y cobra el valor nominal del mismo en la fecha de vencimiento, mientras que el emisor recibe recursos financieros líquidos al momento de la colocación.

5. Letras Hipotecarias:

Son instrumentos financieros que pueden ser emitidos por entidades bancarias y financieras, que cuenten con la respectiva autorización de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), con la finalidad de otorgar créditos de largo plazo para financiar la construcción o adquisición de viviendas, respaldados con la primera hipoteca del bien adquirido.

6. Certificados de Depósito del Banco Central de Reserva:

Son títulos emitidos en moneda nacional por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) con fines de regulación monetaria. Es emitido al portador, se puede negociar libremente en el mercado secundario y tiene un plazo de vencimiento que normalmente va de cuatro a doce semanas. Su colocación es mediante subasta pública en la que pueden participar las empresas bancarias, financieras y de seguros, las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y otras entidades del sistema financiero.

7. Certificados de Depósito:

Documento negociable que certifica un depósito de dinero en una institución financiera, normalmente a plazo fijo y con una tasa de interés. No puede ser cobrado hasta el vencimiento y es libremente negociable.

8. Letras de Cambio:

Son títulos que contienen una promesa incondicional de pago, mediante la cual el girador se compromete a hacer pagar por un tercero, aceptante, el monto indicado en el documento a la persona a la orden de la cual se emite el mismo, tomador, o de ser el caso al tenedor de la letra al momento de su vencimiento.